Por Gabriel Boragina ©
El artículo 53 de la Constitución Nacional establece que la Cámara de Diputados es la única con facultad de acusar al presidente, vicepresidente, jefe de gabinete, ministros y jueces de la Corte Suprema “por mal desempeño o por delito en el ejercicio de sus funciones, o por crímenes comunes”.
De esta cláusula surge una figura clave: el mal desempeño. No es delito, no es falta administrativa, sino una categoría política destinada a preservar la idoneidad y la dignidad de quienes ejercen las máximas funciones del Estado. Se trata de una garantía para la sociedad, más que de un castigo para el funcionario.
Como ya adelantáramos anteriormente[1], consideramos que se dan los recaudos para que se abra el juicio político en las actuales circunstancias por esta causal al jefe del partido gobernante.
Una causal deliberadamente abierta
Los constituyentes de 1853 no definieron el alcance del mal desempeño. Como señala Bidart Campos, se trata de un “concepto jurídico indeterminado” que debe completarse en cada caso, según las circunstancias históricas y la gravedad institucional de los hechos.
Mario Midón, en la misma línea, afirma que abarca la falta de idoneidad, la lesión grave al servicio público, la indignidad moral, la negligencia inexcusable o la desidia en el ejercicio de funciones. En palabras del constitucionalista, “no exige dolo, sino que basta la imprudencia o incapacidad que impidan un adecuado cumplimiento del cargo”.
Esta amplitud no es un defecto, sino una virtud. Permite que el Congreso reaccione frente a situaciones que, sin configurar delito penal, comprometen la institucionalidad republicana.
Ejemplos históricos de aplicación
La historia argentina reciente ofrece ilustraciones claras.
En 2003, el Senado destituyó al juez de la Corte Suprema Eduardo Moliné O’Connor. La acusación de Diputados giró en torno a su voto en el caso Meller, donde se entendió que su actuación favoreció injustificadamente a una empresa en perjuicio del Estado. El Senado, con mayoría agravada, lo halló responsable de mal desempeño.
Dos años más tarde, el juez Antonio Boggiano corrió la misma suerte. La Cámara de Diputados lo acusó por conductas análogas, principalmente relacionadas con su intervención en decisiones que beneficiaban intereses privados frente al Estado. El Senado entendió que esos fallos configuraban un ejercicio irregular de sus funciones y lo destituyó.
El caso $LIBRA, conocido como "Criptogate", es un escándalo por la promoción de una memecoin fraudulenta por el titular de la LLA[2] el 14 de febrero de 2025, que atrajo a 40.000 inversores y colapsó un 89% en horas, generando pérdidas de US$250 millones, que guarda importantes analogías con los casos Moliné y Boggiano, pero agravados por tratarse de nada menos que el titular del poder ejecutivo.
También existen ejemplos a nivel de jurados de enjuiciamiento. El caso del juez federal Faggionato Márquez en 2009 demostró que el mal desempeño puede fundarse en conductas de parcialidad, manejos autoritarios de expedientes y connivencia indebida con actores externos.
Estos antecedentes evidencian que la causal no se reduce a delitos penales, sino que cubre un espectro de conductas que lesionan la confianza pública.
La gravedad institucional como parámetro del mal desempeño
El criterio decisivo para que prospere una acusación por mal desempeño es la gravedad institucional de la conducta imputada. No basta un error técnico ni un desacierto político: debe tratarse de actos u omisiones que pongan en riesgo el funcionamiento del sistema republicano o lesionen de modo severo la confianza pública.
Algunos ejemplos ilustrativos de situaciones que configuran esta gravedad son:
1. Compromiso de la independencia judicial o administrativa: cuando un juez o funcionario se somete a presiones indebidas del poder político o de intereses privados, afectando la imparcialidad de sus decisiones.
2. Uso del cargo para beneficio propio o de terceros: no necesariamente constitutivo de delito de corrupción, pero sí configurativo de un ejercicio indigno de la función pública (por ejemplo, direccionar resoluciones o políticas para favorecer allegados).
3. Desconocimiento reiterado de garantías constitucionales: decisiones sistemáticas que vulneran derechos fundamentales, como el derecho de defensa, el debido proceso o la libertad de expresión.
4. Inacción frente a deberes esenciales del cargo: un funcionario que omite cumplir funciones básicas —por ejemplo, no reglamentar leyes, no convocar a órganos constitucionales, o paralizar servicios públicos esenciales— incurre en una falta grave que afecta a la ciudadanía.
5. Conductas personales incompatibles con la investidura: aun fuera del ámbito estrictamente funcional, conductas públicas que deshonran el cargo —como manifestaciones de odio, discriminación o desprecio por las instituciones— pueden constituir mal desempeño.
Estos ejemplos muestran que el mal desempeño debe evaluarse siempre desde una perspectiva institucional: lo que se protege no es el prestigio individual del funcionario, sino la estabilidad, eficacia y credibilidad de la República.
Conclusión
El mal desempeño no es un concepto débil ni un vacío normativo. Es, por el contrario, un resorte de la Constitución pensado para situaciones donde la conducta de los más altos funcionarios erosiona la confianza pública sin llegar necesariamente al delito penal.
Aplicarlo con prudencia, respetando la gravedad institucional y las garantías de defensa, es el camino para que cumpla su función republicana: asegurar que nadie pueda ejercer el poder público sin responsabilidad.
En tiempos donde la sociedad exige más transparencia y control, esta causal del artículo 53 sigue siendo un instrumento indispensable para preservar la República.
Bibliografía sugerida
- Bidart Campos, Germán J., Manual de la Constitución Reformada.
- Midón, Mario A., Derecho Constitucional Argentino.
- Fallos: Senado de la Nación, Juicio Político a Eduardo Moliné O’Connor (2003); Juicio Político a Antonio Boggiano (2005).
- CIDH, Caso Moliné O’Connor vs. Argentina, Informe de fondo, 2024.
- Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, “Caso Brusa”.
[1]‘’Merece el juicio político’’ en http://www.accionhumana.com/2025/02/merece-el-juicio-politico.html
[2] Siglas del partido gobernante ‘’La libertad avanza’’
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