Accion Humana

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Revista Digital

La ‘’voluntad’’ de la ley

 Por Gabriel Boragina ©

‘’Importan la leyes y ya está, sin tomar en consideración que no es lo mismo ser un francés, un suizo que un pobre indiecito en los Andes y que le están exigiendo a un indiecito en los Andes o un indiecito maya el mismo estándar legal que un ciudadano de la Confederación Helvética’’[1]

Los sistemas legales y los económicos modifican –sin lugar a dudas- el nivel socioeconómico de las personas. En algunos casos los mejoran y en otros los empeoran. Cuando ambos sistemas se encuentran armonizados (lo que rarísima vez sucede) en un orden espontáneo como al que se refiere el premio Nobel de economía F. A. v. Hayek, entonces, es allí donde las comunidades progresan y avanzan. Si, en cambio, como ocurre en la generalidad de las veces, dichos sistemas se hallan enfrentados, entonces el orden espontáneo se rompe, y las sociedades atrasan o bien (en el mejor de los casos) se estancan.

Interesa la riqueza, no sólo económica sino cultural del pueblo donde esas leyes vayan a regir. Y las leyes deben acomodarse a esa riqueza, la que -por supuesto- es desigual para todos.

‘’Importan leyes creyendo que uno moderniza un país. Así como ellos creen que se moderniza un país importando bienes de capital, como la ley es un bien de capital, así como un martillo. Tú con un martillo puedes hacer una cosa buena o una cosa mala, puedes hacer un banquillo o puedes matar a alguien de un martillazo. La ley es un bien de capital, tú con la ley puedes hacer algo bueno o algo malo, entonces bajo esa lógica importando más leyes hay más bienes de capital y ya está’’[2]

Efectivamente, es como aquí se dice. Seria (usando un ejemplo bien gráfico) como importar tractores en una zona desértica creyendo que por el hecho de considerar al tractor un bien de capital será por si mismo suficiente para capitalizar un determinado lugar.  Pero, como ya dijimos otras veces, los bienes de capital no se definen en abstracto sino en concreto, y lo que define al bien de capital es la utilidad que reportará allí donde se lo emplee. En consecuencia, un tractor no es un bien de capital en el desierto, ni en medio del mar sino que lo será en un medio cultivable, en tierra fértil. De lo contrario ni siquiera podrá ser considerado un bien económico.

Además –como señalamos antes- está el factor cultural/educativo. De nada vale un tractor en una comunidad de aborígenes que viven de la caza y de la pesca y que no tienen la menor idea de para que podría servirles un tractor. De la misma manera sucede con las leyes.

‘’Hay un caso prototípico: el Código de Etiopía. El Código de Etiopía fue encargado por el Emperador de Etiopía, Haile Selassie, a un famoso jurista suizo que nunca salió de su atelier en París, como Julio Verne, y escribió desde allí el Código de Etiopia. Recuerdo que el profesor de derecho contractual, Don Manuel de la Puente, citaba permanentemente el Código de Etiopia como una obra maestra de las ciencias jurídicas, el problema era que nunca había regido en Etiopía. Claro, un problema menor para la ciencia jurídica era que los negros milenarios de Abisinia nunca se enteraron de que tenían el mejor Código Civil del mundo’’[3]

Valen las consideraciones que hicimos arriba. El tema es que la sociedad tenderá a no cumplir con normativas ajenas a sus tradiciones y costumbres, formas de vida y -en definitiva- manera de pensar, todo lo que resumimos aquí con la palabra cultura (aunque tenga otras acepciones en otros contextos).

Si una legislación va en contra de esas tradiciones y cultura, el resultado será una especie de derecho paralelo o informal que coexista junto a un derecho formal (en el ejemplo del autor, este último esta representado por el código de Etiopía) que sólo será figurativo, pero que nadie en la realidad cumplirá.

Las leyes, además, aunque no sean importadas, suelen ignorar la realidad económica de los lugares donde se pretenden aplicar por todo lo que venimos diciendo: la creencia fuertemente arraigada entre abogados y economistas que se tratan de ciencias divorciadas y separadas por compartimiento estancos que (en el mejor de los casos) nada tienen que ver una con la otra y (en el peor) que se encuentran irreconciliablemente enfrentadas.

‘’Una cosa es pretender que el derecho sea una rama de la literatura, como lo es en efecto, y otra cosa es no darnos cuenta que puede ser una rama de la mala literatura, y el derecho desconectado de la realidad, una ley sin relación con su sociedad, es mala literatura, casi literatura de terror, de pesadilla, porque pretende regular algo que no conoce y perjudica a aquellos que pretende salvar’’.[4]

No se hace progresar a un pueblo mediante la ley sino que las leyes de ese pueblo serán el resultado de su evolución o (en su caso) involución. Cualquier imposición que venga de parte de su gobierno (que es el que hace -en definitiva- las leyes) será ignorada o rechazada como si fuera un cuerpo extraño de la misma manera que no puede estatuirse por decreto un idioma ajeno al de lugar donde se hable otro diferente si es que los usos y costumbres no lo aceptan. Es por ello que -a la larga- siempre los usos y las costumbres se irán imponiendo, lo que no implica decir que estos usos y costumbres sean inmutables en el tempo ni nada parecido, porque realmente no lo son.

‘’Hay una característica adicional que la ley como fuente del derecho tiene y que no puedo dejar de mencionar. La ley tiene un carácter instrumental. Yo que eso les encarga a los Doctores que han estado antes en esta discusión, de acuerdo con mi punto de vista y alguno que yo sigo, el derecho carece de objetivos, el derecho sólo proporciona medios’’.[5]

Sólo las personas tienen objetivos. Todo lo demás de lo cual las personas se valen para obtener esos objetivos, no son más que medios. Y la ley sólo es un medio más de todos los demás. Por ello, los dictadores del mundo se han valido de la ley para obtener sus objetivos maléficos. Muchos dicen que violaban la ley, pero en realidad lo que hicieron (y siguen haciendo en numerosos lugares) es desplazar una ley por otra. Desconocen la ley que beneficia al pueblo y ponen en su lugar otra que los favorece a los jerarcas del régimen. Eso hicieron contemporáneamente Mussolini, Hitler, Perón, Stalin, Mao tse Tung, Pol Pot, Fidel Castro, Chávez. Maduro, los Kirchner y tantísimos otros que sería muy largo de detallar aquí.


[1] Enrique Ghersi ‘’El costo de la legalidad’’. publicado por institutoaccionliberal • 16/01/2014 • El costo de la legalidad | Instituto Acción Liberal http://institutoaccionliberal.wordpress.com/2014/01/16/el-costo-de-la-...

[2] Ghersi E. ‘’El costo...’’ Ibídem.

[3] Ghersi E. ‘’El costo...’’ Ibídem.

[4] Ghersi E. ‘’El costo...’’ Ibídem.

[5] Ghersi E. ‘’El costo...’' Ibídem.

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